viernes, noviembre 7, 2025

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Rubiales lleva su condena al Supremo: ¿logrará evitar la multa?

La defensa del expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, ha anunciado este miércoles su intención de recurrir ante el Tribunal Supremo para solicitar su absolución. Esta iniciativa llega tras la decisión de la Audiencia Nacional (AN) de mantener la condena de 10.800 euros de multa por un delito de agresión sexual, derivado del beso no consentido que Rubiales dio a la futbolista Jennifer Hermoso durante la entrega de medallas del Mundial de 2023 en Australia, torneo ganado por España.

Recurso ante el Tribunal Supremo

La abogada Olga Tubau, encargada de la defensa de Rubiales, ha comunicado a Europa Press que, “desde el máximo respeto”, no está de acuerdo con el fallo de los magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Según explican, “el Tribunal Supremo ya ha marcado nítidamente la línea de no considerar punible un beso cuando no hay intención sexual, como es el caso”. Por ello, han decidido interponer un recurso de casación ante el Supremo con el objetivo de obtener una sentencia absolutoria acorde a derecho.

Confirmación de la sentencia y absolución por coacciones

La sentencia emitida el miércoles por la Sala de lo Penal mantiene la condena de 18 meses de multa y confirma la absolución en el delito de coacciones para Rubiales y los otros tres acusados: el exseleccionador femenino Jorge Vilda, el exdirector de Fútbol masculino Albert Luque, y Rubén Rivera, quien fue responsable de márketing de la RFEF. Esta resolución rechaza los recursos presentados por Rubiales, la Fiscalía, y las acusaciones particular y popular, confirmando íntegramente la sentencia del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional emitida en febrero.

Antecedentes del caso y reacciones

Rubiales ya había recurrido la primera sentencia solicitando su absolución, argumentando que la futbolista Jennifer Hermoso “prestó su consentimiento” al beso, aunque posteriormente mostrara “disgusto”. Por otro lado, la Fiscalía solicitó la anulación del juicio y la celebración de uno nuevo con un magistrado “no viciado de parcialidad”. Asimismo, Hermoso pidió que el exdirigente fuera condenado también por coacciones.

Medidas impuestas y consideraciones legales

La sentencia también mantiene la prohibición para que Rubiales se acerque a Hermoso a menos de 200 metros y se comunique con ella durante un año. Además, deberá indemnizar con 3.000 euros más intereses a la futbolista por los daños morales causados, y hacerse cargo de la mitad de las costas judiciales, incluyendo las generadas por la acusación particular.

En cuanto a las cuestiones de nulidad planteadas, la Sala recuerda que, cuando hay una sentencia absolutoria como en este caso para este tipo penal, el tribunal no puede revisar el pronunciamiento absolutorio salvo que existan causas de nulidad, las cuales no se han apreciado aquí.

El beso y su connotación

Los magistrados sostienen, igual que en la resolución anterior, que el beso en los labios dado por Rubiales a Hermoso tenía una “clara connotación sexual”. Además, coinciden en que el beso no fue consentido y subrayan que la futbolista expresó desde el primer momento su disgusto, al igual que sus compañeras de selección.

La sentencia cita al Tribunal Supremo, que ha establecido que “no hay un derecho a besar ni la servidumbre de ser besado sin consentimiento”, y advierte que no se puede minimizar la reacción de Hermoso basándose en sus respuestas iniciales. “Lo que se estaba celebrando era una victoria deportiva que no debió empañarse por un acontecimiento puntual, episódico y circunstancial, lo que no excluye ni su relevancia ni su transcendencia penal”, recuerdan los magistrados.

Asimismo, subrayan que la reacción inicial de la denunciante, intentando restar importancia a lo ocurrido o incluso bromear con los comentaristas deportivos, “en nada resta a la verdadera entidad de los hechos ni a la solidez de su afirmación cuando dice que no prestó su consentimiento”.

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